Reglamentos Estudiantiles
Alumnos de Pregrado
Los alumnos conservan su calidad de alumnos regulares mientras se encuentre vigente su matrícula, es decir, que figuren inscritos como alumnos en cursos vigentes.
Al completar el programa de estudios a que ingresó, se pierde la calidad de alumno regular y se adquiere la de alumno en vía de titulación o la de egresado (artículos 51° y 52º Reglamento del Alumno de Pregrado
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Alumno en Vía de TitulaciónSe denomina alumno en vía de titulación a aquél que conforme al Reglamento ha perdido su calidad de alumno regular por haber finalizado su programa oficial de estudios, que no tiene la obligación de inscribir créditos, y que se encuentre en algunas de las siguientes situaciones:
a) El egresado que deba cumplir algún requisito adicional para obtener su correspondiente titulación, y
b) El no egresado que tenga algún requisito por cumplir para obtener la referida calidad de egresado.
Denominación de Egresado
Se denomina egresado quien ha aprobado como alumno regular todos los cursos y actividades que conforman su programa de estudios quedando en condiciones de solicitar su examen final de título o grado, o de iniciar los trámites para la obtención del grado académico y título correspondiente.
Además, el egresado deberá aprobar los créditos que correspondan a la respectiva tesis de grado o su equivalente, de acuerdo a lo establecido por su Facultad o Unidad Académica.
Una vez que la Facultad o Unidad Académica aprueba la tesis respectiva o su equivalente, informa a la Dirección de Servicios y Registros Docentes la cual procede a registrarla, y luego elabora su certificación correspondiente.
Todo alumno que egresa de una carrera o programa académico de pregrado que confiera, previo a su titulación u obtención de grado, otro grado académico, continúa de pleno derecho en la carrera o programa que cursa a objeto de obtener el título o grado complementario correspondiente.
Plazos para obtener el Grado o Título
El egresado tiene un plazo de tres años, contados desde la fecha fijada por la Dirección de Servicios y Registros Docentes como la de su egreso, para completar los requerimientos exigidos y obtener el grado o título correspondiente. Transcurrido dicho plazo, sin que hubiere obtenido su grado o título, debe cumplir con las exigencias académicas que la respectiva Facultad o Unidad Académica le pueda señalar, las que necesariamente deberán tener asignada una equivalencia en créditos. Transcurridos seis años desde la fecha de su egreso caduca el derecho a optar al grado o título correspondiente.
Las Facultades o Unidades Académicas proponen al Vicerrector Académico el número de veces que los egresados pueden rendir el examen final o su equivalente conducente a la obtención del título o grado. El derecho del egresado a optar a su título o grado caduca cuando ha hecho uso de todas las oportunidades que le permite su Facultad o Unidad Académica para rendir el examen final o equivalente y no lo ha aprobado, aún cuando no hayan expirado los plazos de tres y seis años reglamentarios..
No obstante, el Vicerrector Académico puede autorizar excepcionalmente a un egresado, y por una sola vez, para que opte al título o grado, señalándole un plazo máximo dentro del cual deberá cumplir con todos los requisitos necesarios al efecto, si concurren las siguientes circunstancias:
- Que la Facultad o Unidad Académica respectiva formule una petición oficial en tal sentido, y
- Que el interesado apruebe las exigencias que le establezca la Facultad o Unidad Académica, que consistirán en una determinada cantidad de créditos a cursar en un período académico.
El plazo máximo, podrá ser prorrogado por el Vicerrector Académico, cuando el interesado acredite debidamente haber estado impedido, por circunstancias excepcionales, de cumplir lo exigido dentro del plazo, y así lo solicite fundadamente la Facultad o Unidad Académica correspondiente.
El egresado que esté cumpliendo con cualquier exigencia académica de reposición deberá pagar su arancel de matrícula de acuerdo al número de créditos inscritos y no gozará de los beneficios y servicios a que tienen derecho los alumnos regulares, con excepción del uso de bibliotecas.
Alumnos de Postítulo
Denominación de Egresado
Se denomina egresado quien ha aprobado como alumno regular todos los cursos y actividades que conforman su programa de estudios, quedando en condiciones de solicitar su examen final de Título, o de iniciar los trámites para la obtención del mismo. La certificación de la calidad de egresado, corresponde a la Dirección de Servicios y Registros Docentes, previa una solicitud oficial en tal sentido formulada por el programa respectivo.
Mientras el programa de que se trate no reciba la certificación de egreso por parte de la Dirección de Servicios y Registros Docentes, el egresado no podrá cumplir los requisitos necesarios para su titulación.
Plazos para obtener el Postítulo correspondiente
El egresado tendrá un plazo de dos años para completar los requerimientos exigidos para obtener el título correspondiente.
Transcurrido ese plazo, deberá, en calidad de alumno provisional, completar los nuevos créditos y demás trámites o exigencias de reposición que el programa pueda especificar. Transcurridos tres años desde la fecha del egreso, caducará el derecho a optar al título correspondiente.
Alumnos de Postgrado
Denominación de Egresado
Se denomina egresado a quien ha aprobado como alumno regular todos los cursos y actividades que conforman su programa de estudios, quedando en condiciones de solicitar su examen Final de Grado, o de iniciar los trámites para la obtención del mismo.
En aquellos casos en que la tesis otorgue créditos para el egreso y el alumno no la hubiere terminado, deberá hacerlo en un período máximo de dos semestres que inscribirá como actividad de Residencia.
La Residencia deberá ser informada por el profesor guía con la aceptación del Comité de Post-Grado de la unidad correspondiente.
No obstante lo dispuesto precedentemente, y en el artículo 8° de este Reglamento, el Vicerrector Académico podrá autorizar, excepcionalmente, aumentar el tiempo de Residencia.
Requisitos del grado de Magíster
Para obtener el grado académico de Magíster el alumno deberá haber cumplido con los siguientes requisitos:
a) Tener calidad de egresado;
b) Haber aprobado la defensa pública de la Tesis , si la hubiere, o su equivalente; y
d) No estar afecto a ningún tipo de deuda con la Universidad , incluyendo material bibliográfico del Sistema de Bibliotecas.
Plazos para obtener el Grado de Magíster correspondiente
El alumno de Magíster tendrá un plazo de tres (3) años, contados desde su egreso para obtener el grado correspondiente.
Transcurrido ese plazo, deberá completar los nuevos créditos y demás trámites o exigencias de reposición que el Comité de Post-Grado pueda especificar.
Transcurridos cinco (5) años desde la fecha de egreso, caducará definitivamente el derecho a optar al grado correspondiente.
Candidatura al Doctorado
Para adquirir el carácter de Candidato a Doctor el alumno deberá haber cumplido con los siguientes requisitos:
a) Tener una permanencia mínima en el programa de dos períodos académicos;
b) Haber aprobado todos los cursos y actividades que conforman el programa, con excepción de la Tesis , y
c) Haber aprobado el Examen de Candidatura o su equivalente.
Plazos para aprobarel Examen de Candidatura y Proyecto de Tesis
Todo alumno deberá aprobar el Examen de Candidatura y su Proyecto de Tesis dentro del plazo máximo que fije cada programa, el cual no podrá ser superior a dos años contados desde la fecha en que el alumno apruebe el último curso de su curriculum mínimo en el programa respectivo.
El Comité de Post-Grado o la instancia en quien se delegue esta facultad deberá evaluar en un Examen de Candidatura o en la forma que se determine en el reglamento respectivo, los conocimientos y aptitudes del alumno. El alumno podrá someterse por una segunda vez al Examen de Candidatura.
Si reprobara nuevamente, caducará definitivamente su derecho a optar al grado correspondiente.
Requisitos de grado de Doctor
Para obtener el grado académico de Doctor el candidato deberá haber cumplido los siguientes requisitos:
a) Tener la calidad de candidato a Doctor;
b) Haber aprobado su Tesis conforme se indica en el artículo anterior; y
d) No estar registrado como deudor de material bibliográfico en alguna de las Bibliotecas de la Universidad.
Plazos para obtener el grado de Doctor
El candidato a Doctor tendrá un plazo de cinco (5) años contados desde que obtuvo su candidatura, para obtener el grado correspondiente. Transcurrido este plazo, el alumno perderá su calidad de candidato a Doctor.
Este plazo podrá ser modificado por el Comité de Post-Grado, el cual podrá establecer exigencias académicas adicionales, que el candidato deberá aprobar antes de graduarse.